EP PETROECUADOR Y CORPETROLSA S.A. FIRMAN CONTRATO PARA EL SERVICIO DE RECEPCIÓN, TRANSPORTE, ALMACENAMIENTO Y DESPACHO DE PRODUCTOS DERIVADOS DE PETRÓLEO

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EP Petroecuador y Corpetrolsa S.A. suscribieron un contrato para el servicio de recepción, transporte, almacenamiento y despacho de productos derivados de petróleo, por un plazo de 15 años.
Es la primera vez que EP Petroecuador firma un convenio de estas características con la empresa privada, que permitirá optimizar los recursos existentes a través de la utilización de la infraestructura de la estatal petrolera, tal como lo establece el Decreto Ejecutivo 1158, cuya Disposición General Cuarta señala que
“las empresas públicas deberán facilitar la infraestructura a cambio del pago de una tarifa razonable por volumen y permanencia, para la importación, recepción transporte y almacenamiento, y despacho de combustibles, con su costo y margen. La tarifa será establecida por la Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales No Renovables”.

 El acto contó con la presencia del Ministro de Energía y Recursos Naturales No Renovables, Juan Carlos Bermeo, el Gerente General de EP Petroecuador, Pablo Luna y el representante legal de Corpetrolsa S.A, Jairo Molina.
El Ministro de Energía y Recursos Naturales No Renovables, Juan Carlos Bermeo Calderón, informó que este acuerdo comercial se enmarca en el Decreto 95, suscrito en julio pasado, beneficiará a las dos partes y generará ingresos para la empresa pública y el país. “Para la ejecución de este contrato, se podrán utilizar los muelles petroleros de Esmeraldas, La Libertad y Tres Bocas, además de los poliductos, los terminales y refinerías, todos estos activos pertenecientes a EP Petroecuador. Estamos buscando las mejores opciones para que vengan las nuevas inversiones al sector hidrocarburífero, poniendo en práctica lo que establece el Decreto 95 y utilizando la infraestructura existente”, dijo.
Por su parte, el Gerente General (S) de EP Petroecuador, Pablo Luna, explicó que el cobro de tarifas, se basará en lo establecido por la Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales No Renovables (ARC). “Existe una tarifa diferenciada por el uso de cada segmento de la infraestructura, lo que permite a las empresas realizar planes piloto y a EP Petroecuador cobrar por el uso diferenciado, es decir existe la opción de la tarifa única USD 0.027665 por galón, que será aplicable siempre y cuando se cumpla con la distribución del producto en todos los terminales que se consideraron para la fijación de la tarifa”, afirmó.
Cabe destacar que el 6 de septiembre de 2021, la compañía Corpetrolsa S.A. fue calificada y autorizada para el ejercicio de las actividades de abastecimiento de derivados de hidrocarburos, biocombustibles, sus mezclas incluidos GLP y gas natural, en todos los segmentos de mercado. EP Petroecuador garantizará que la calidad de los derivados de hidrocarburos a entregarse en los puntos de despacho, se encuentre dentro de las especificaciones técnicas conforme lo estipulado en este contrato. Además, la empresa privada podrá importar los derivados que desee, siempre que cumpla con las normas NTE INEN.

Contrato


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